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Trabajadores fluviales entrerrianos se organizan mirando al Río Uruguay como herramienta de Desarrollo Regional

En la tarde del miércoles último, los representantes regionales de los sindicatos marítimos nacionales que conforman la “Mesa de Trabajadores Fluviales del Río Uruguay” decidieron designar sus propias autoridades de gestión; quedando como Secretario General, Hugo Enrique Pérez (Centro de Patrones), Secretario Adjunto, Gustavo Villalba (SOMU) y como Secretario de Organización y Desarrollo Técnico, Víctor Bargas (Sindicato de Dragado y Balizamiento).

 

La reunión se celebró en la sede que posee el Sindicato del Personal Embarcado de Dragado y Balizamiento en la ciudad de Concepción del Uruguay y según informaron desde la intersindical fluvial, entregarán ejemplares del aporte técnico intelectual redactado por los propios trabajadores fluviales, al que denominaron “Análisis y Propuestas para el Desarrollo del Río Uruguay” a diferentes actores políticos, sindicales, sociales y de la producción de la región.

Trascendió que el objetivo de los gremios fluviales de la región Río Uruguay es el de solicitar el dragado del “Río de los Pájaros” entre Concepción del Uruguay y Concordia porque le permitiría a la Argentina contar con, al menos, dos estaciones portuarias que se sumarían al único puerto que poseen los argentinos sobre esta hidrovía, el puerto de Concepción del Uruguay. Así las cosas, la provincia de Entre Ríos pasaría a tener un sistema portuario sobre dicha vía navegable binacional.

No obstante, indicaron que con dragar y balizar el río no alcanza para considerar al mismo como una «HIDROVÍA» sino que se deben contemplar aspectos políticos – sociales, económico – productivos y ambientales; si se cumplieran esos objetivos, el Río Uruguay podría ser visto como una HIDROVÍA AL SERVICIO DEL DESARROLLO PRODUCTIVO DE LA REGIÓN. Por ello, aclararon que «el dragado es una obra de infraestructura fluvial que debe ser concebida y considerada como un MEDIO para generar desarrollo y no un FIN EN SÍ MISMO«.

Asimismo, destacaron la necesidad de que se lleve adelante una Estrategia de Desarrollo de la Marina Mercante Nacional porque de lo contrario se corre el riesgo de dragar y balizar el río y que el mismo sea navegado por flotas extranjeras como ocurre actualmente con el Río Uruguay, con el agravante que, hasta el momento, no se ha generado ni un puesto de laboral para los trabajadores fluviales argentinos.

Por ello, es que desde la «Mesa de trabajadores Fluviales del Río Uruguay» entienden que  el turismo fluvial constituiría una alternativa valedera para generar mano de obra fluvial en el corto plazo. Asimismo, proponen que la madera que transportan los buques de ultramar de bandera extranjera entre Concepción del Uruguay y el puerto de Ibicuy, sea embarcada a bordo de remolcadores de empuje y barcazas; lo que crearía mano de obra fluvial para los trabajadores argentinos; además, el puerto de Ibicuy se constituiría en el gran HUB entrerriano.

Con respecto al proceso de integración sociolaboral fluvial argentino – uruguayo, adelantaron que invitarán a sus pares de los sindicatos marítimos de la República Oriental del Uruguay para ampliar el acuerdo celebrado oportunamente entre el Sindicato del Personal Embarcado de Dragado y Balizamiento de la República Argentina y los sindicatos de marinería, patrones fluviales y maquinistas navales «orientales» que estableció que a bordo de las dragas de bandera extranjera que operen en los ríos de la Plata y Uruguay – que no fueran argentinas ni uruguayas -, se embarque 33% personal uruguayo, 33% personal argentino, 33% personal extranjero y el capitán correspondiente.

Teniendo en cuenta que dicho acuerdo generó un justo y enriquecedor clima de trabajo, solicitarán que la integración de tripulaciones por tercios (33%) se aplique a todas las embarcaciones comerciales de terceras banderas – que no enarbolen el pabellón argentino ni uruguayo –  y que operen entre puertos del litoral del Río de la Plata y del Río Uruguay.

También solicitarían  la participación activa de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) y de la Comisión Administradora del Río de la Plata (CARP) para que dicho acuerdo sea refrendado para su efectiva aplicación.